¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Alicante?
El proceso de mediación regulado como MASC en Alicante proporciona soluciones rápidas, menos costosas y cooperativas como alternativa al proceso contencioso. Impulsa el entendimiento mutuo entre las partes, reduce costes judiciales y admite resoluciones específicas y convenidas que impiden dilaciones innecesarias.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC permiten un menor desgaste emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con efecto disuasorio de nuevos litigios. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Alicante?
Nuestros profesionales están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del consenso derivado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con formación y acreditación conforme a ley y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Debe recomendarse en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Es de gran utilidad en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o demoras evitables en la vía judicial.
En otras controversias, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Alicante?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que rehusa la mediación. Quedará cumplido el presupuesto procesal y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la mediación es voluntaria, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de Mediación MASC en Alicante comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por derivación judicial. Una vez aceptado, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera reunión, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los aranceles aplicables y el calendario de sesiones.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un acta de apertura donde registra sus referencias como mediador, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una afirmación expresa del obrar leal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (capacidad ejecutoria), y si el asunto está judicializado, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en Alicante depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una alternativa ágil frente a el juicio ordinario, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como mediaciones judiciales o canalizadas por organismos públicos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de resolución judicial que imponga costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, las comparecencias realizadas, el objeto de la controversia y la declaración solemne de que las dos partes han intervenido de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con la identidad y el domicilio de las partes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que la tramitación se ha efectuado de acuerdo con la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA se suscribe por todos los implicados en el procedimiento, y se les entrega una copia, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o precisa aprobación jurisdiccional, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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