¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Vera?
El mecanismo alternativo de solución de conflictos MASC en Vera ofrece soluciones rápidas, económicas y colaborativas como alternativa al proceso contencioso. Fomenta la comunicación entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y propicia pactos adaptados a cada caso que impiden dilaciones innecesarias.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC limitan el conflicto interpersonal y coste económico a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con capacidad de evitar futuras controversias. La meta es solventar desacuerdos de una forma mediada y libre de confrontación.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Vera?
Los especialistas en mediación cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Actúan sin favorecer a ninguna de las partes, asegurando la objetividad del proceso y del consenso derivado.
La independencia del mediador se certifica mediante la intervención de un experto independiente, con formación y acreditación conforme a ley y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable cuando el objeto del conflicto sea disponible por las partes y se pretenda una resolución eficaz, confidencial y cooperativa. Tiene especial aplicación en disputas del ámbito civil o mercantil.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando se busca preservar la relación entre las partes, o mantener la privacidad del asunto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Vera?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información no es confidencial).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Vera comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez aceptado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la primera comparecencia, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y implicaciones legales de los consensos alcanzados. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador extiende tanto un documento inicial donde deja reflejada sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las personas implicadas.
El mediador certifica la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (fuerza ejecutiva), y si se tramita procedimiento en sede judicial, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación extrajudicial en Vera depende de la complejidad del conflicto. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el juicio ordinario, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, su duración máxima será de tres meses desde la aceptación.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC se distribuye de forma proporcional, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como derivaciones procesales o aquellas instadas por órganos administrativos, puede haber acceso gratuito o a tarifas reducidas.
En caso de litigio contencioso con condena en costas, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con los datos personales de las partes intervinientes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA es suscrita conjuntamente por mediador y partes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o requiere convalidación judicial, las partes dejan en manos de sus letrados su tramitación y eventual convalidación.
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