¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Palamós?
La Mediación MASC en Palamós garantiza alternativas diligentes, económicas y basadas en el consenso frente a los tribunales. Promueve la negociación directa entre las partes, reduce costes judiciales y facilita soluciones a medida que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC minimizan la tensión entre partes y implican un ahorro considerable a las partes. Además, resulta ágil y ajustable con capacidad de evitar futuras controversias. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Palamós?
Nuestros profesionales se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del pacto alcanzado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Tiene especial aplicación en conflictos patrimoniales o empresariales.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o demoras evitables en la vía judicial.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Palamós?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, indicando cuál ha sido la parte ausente (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque el proceso no es de obligada continuación, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de procedimiento de mediación en Palamós comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez aceptado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera reunión, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y efectos legales de lo pactado. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un documento inicial donde registra sus datos, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de los intervinientes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Cabe su protocolización ante notario (valor ejecutivo), y si se tramita procedimiento en sede judicial, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en Palamós depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a el juicio ordinario, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como derivaciones procesales o derivadas desde instituciones públicas, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador elabora el documento de cierre, donde constan las referencias personales y profesionales de quienes intervienen, la fecha de inicio y fin, las reuniones mantenidas, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador dejará constancia escrita del intento de mediación para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identificación completa de los intervinientes, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o está sujeto a homologación procesal, las partes facilitan el documento a sus representantes legales para que actúen en consecuencia.
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