¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Logroño?
El proceso de mediación regulado como MASC en Logroño ofrece vías de resolución expeditivas, económicas y cooperativas frente a los tribunales. Fomenta la comunicación entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los MASC permiten un menor desgaste emocional y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con capacidad de evitar futuras controversias. La meta es solventar desacuerdos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Logroño?
El cuerpo de mediadores habilitados cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Tienen la obligación de inhibirse en caso de conflicto de intereses. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, protegiendo la imparcialidad del trámite y del acuerdo resultante.
La neutralidad queda garantizada mediante la intervención de un tercero imparcial debidamente acreditado, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Tiene especial aplicación en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o dilaciones judiciales innecesarias.
En otras controversias, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o preservar la confidencialidad de los hechos.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Logroño?
Si una de las partes no comparece sin alegar motivo válido, se entenderá que rehusa la mediación. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, haciendo constar la parte incomparecida (dicha información tendrá carácter público a efectos procesales).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que debe acreditarse la imposibilidad de asistir si no desea asumir costes judiciales futuros.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Logroño comienza con una instancia presentada por cualquiera de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez aceptado, el mediador se pone en contacto con las partes para programar una primera sesión.
En la sesión inicial de información, el mediador informa a las partes de la forma de trabajar, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días desde el inicio de la mediación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un acta de comienzo donde consigna su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta definitiva con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —completo o limitado— en un acta de acuerdos y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo produce efectos similares a una sentencia firme para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (fuerza ejecutiva), y si el asunto está judicializado, podrá solicitar su homologación judicial.
¿Cuánto dura una mediación?
La extensión en el tiempo de la mediación regulada en Logroño depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a los procedimientos judiciales, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cumplir el requisito de procedibilidad, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora se divide salvo pacto en contrario, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o aquellas instadas por órganos administrativos, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, se podrá repercutir el MASC como gasto.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los nombres y domicilios de las partes y del mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una manifestación formal del actuar leal de las partes y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador expide el documento final, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo leal reflejo de la voluntad conjunta de las partes. Los acuerdos generan efectos vinculantes para los intervinientes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está judicializado o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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