¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Vilalba?
El procedimiento de mediación MASC en Vilalba brinda vías de resolución expeditivas, accesibles económicamente y basadas en el consenso como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Con la nueva regulación legal vigente, los MASC minimizan la tensión entre partes y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con efecto disuasorio de nuevos litigios. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Vilalba?
El cuerpo de mediadores habilitados están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. No pueden intervenir si concurren causas que comprometan su neutralidad. Intervienen con total neutralidad, preservando la ecuanimidad de la mediación y del consenso derivado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un experto independiente, con formación y acreditación conforme a ley y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes busquen una salida rápida, discreta y consensuada. Resulta especialmente útil en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los supuestos regulados por la L.O.1/2025 como obligatorios, la mediación impide que se rechace la demanda por falta de MASC o prolongaciones injustificadas del litigio.
En otras controversias, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Vilalba?
Cuando una de las partes no asista sin causa justificada, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se satisface el requisito previo a la vía judicial y el mediador podrá certificar el intento de negociación, reflejando la inasistencia de la parte convocada (dicha información queda excluida del deber de confidencialidad).
Aunque la mediación es voluntaria, su intento documentado es presupuesto procesal, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Vilalba comienza con una solicitud de una o ambas partes, o por remisión del órgano jurisdiccional. Una vez admitido, el mediador convoca a las partes a una sesión inicial.
En la primera comparecencia, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador detallará los actos documentales necesarios (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el plazo medio para llegar a un acuerdo es de 30 días naturales.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un documento inicial donde deja reflejada su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con los acuerdos, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de todos los participantes.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y eso satisface el intento de negociación previa a la demanda.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador transcribe los acuerdos alcanzados —completo o limitado— en un acta final y entrega copia a las partes. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (valor ejecutivo), y si se tramita procedimiento en sede judicial, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación regulada en Vilalba depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, basta con entre dos y cinco reuniones de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una vía rápida frente a los procedimientos judiciales, que acarrean demoras estructurales.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para satisfacer la exigencia legal previa, no podrá superar el plazo legal de 90 días.
¿Quién abona la mediación?
El coste de la Mediación MASC es asumido equitativamente por las partes, salvo pacto en contrario. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o extrajudiciales por derivación institucional, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta acta final, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, las sesiones celebradas, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no se ha producido resultado convenido.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda cumplirse el requisito de procedibilidad.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con los datos personales de las partes intervinientes, de abogados/as y del mediador, el lugar y la fecha, los compromisos contractuales de cada parte, y que se ha seguido un procedimiento de negociación legal conforme a la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos tienen eficacia obligatoria para quienes los suscriben. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o está sujeto a homologación procesal, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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