¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Torremolinos?
El proceso de mediación regulado como MASC en Torremolinos proporciona alternativas diligentes, menos costosas y basadas en el consenso como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y admite resoluciones específicas y convenidas que evitan largos procesos judiciales.
Desde la entrada en vigor del marco legal actual, los MASC minimizan la tensión entre partes y reducen los desembolsos económicos a las partes. Además, se caracteriza por su celeridad y adaptabilidad con capacidad de evitar futuras controversias. La meta es solventar desacuerdos de una forma no contenciosa y equilibrada.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Torremolinos?
Los especialistas en mediación se encuentran debidamente registrados conforme a la normativa. Están obligados a abstenerse ante situaciones de parcialidad. Garantizan la equidistancia respecto de las partes, preservando la ecuanimidad de la mediación y del pacto alcanzado.
La objetividad está asegurada mediante la intervención de un mediador profesional y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y sometido a criterios de confidencialidad, equilibrio y objetividad.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir en controversias patrimoniales disponibles y exista voluntad de alcanzar un acuerdo eficaz, reservado y dialogado. Es idónea en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los casos que la Ley Orgánica 1/2025 exige un MASC, la mediación sirve como requisito previo para la admisión a trámite o retratos innecesarios en el proceso.
En conflictos no sujetos a MASC obligatorio, es especialmente útil cuando hay interés en conservar la buena relación, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Torremolinos?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, especificando qué parte no ha acudido (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su acreditación es requisito de procedibilidad, por lo que es necesario justificar la falta de asistencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de solución alternativa de conflictos MASC en Torremolinos comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez admitido, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera comparecencia, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador hará referencia al contenido documental del proceso (acta inicial y acta final), los costes del proceso y su duración estimada.
Desde ese momento, el tiempo estimado para alcanzar un consenso es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador elabora tanto un acta de apertura donde consigna su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un documento de cierre con el contenido consensuado, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de las personas implicadas.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se adhieren al método, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador plasma el consenso —completo o limitado— en un instrumento escrito y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Se podrá elevar a escritura pública (fuerza ejecutiva), y si se existe proceso judicial, cabe solicitar su homologación ante el juez.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación como MASC en Torremolinos depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, puede finalizar en un reducido número de encuentros de entre una y dos horas cada una. En menos de un mes suelen cerrarse muchos expedientes, lo que la convierte en una vía rápida frente a los procedimientos judiciales, que implican una duración más extensa.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación es asumido equitativamente por las partes, excepto si se pacta otra distribución. En algunos casos, como derivaciones procesales o extrajudiciales por derivación institucional, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de resolución judicial que imponga costas, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no se ha alcanzado pacto alguno.
El mediador redactará el acta de intento de solución previa para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, con los datos personales de las partes intervinientes, de los asesores legales y el tercero neutral, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador documentará fielmente lo convenido, siendo fiel a lo que las partes han decidido y consensuado. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto está en trámite ante los tribunales o debe homologarse, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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