¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en Molina de Segura?
La Mediación MASC en Molina de Segura ofrece vías de resolución expeditivas, económicas y participativas como alternativa al proceso contencioso. Promueve la negociación directa entre las partes, reduce costes judiciales y permite alcanzar acuerdos personalizados que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC minimizan la tensión entre partes y suponen un menor gasto a las partes. Además, es un procedimiento ágil y modulable con potencial de anticipar disputas posteriores. El objetivo es la resolución de discrepancias de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en Molina de Segura?
El cuerpo de mediadores habilitados están inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Intervienen con total neutralidad, asegurando la objetividad del proceso y del acuerdo resultante.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un profesional cualificado y neutral, con título habilitante conforme al marco legal y comprometido con la discreción, justicia y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Es conveniente sugerir siempre que el conflicto sea sobre materias disponibles y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es idónea en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en aquellas materias en que la L.O.1/2025 impone la utilización de un MASC, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o demoras evitables en la vía judicial.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando se desea evitar el deterioro del vínculo personal o profesional, o restringir la publicidad de la controversia.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en Molina de Segura?
En caso de que alguna parte no comparezca injustificadamente, se entenderá que declina voluntariamente la mediación. Se tendrá por cumplido el requisito de procedibilidad y el mediador estará facultado para emitir certificación del intento de mediación, especificando qué parte no ha acudido (dicha información no es confidencial).
Aunque la participación efectiva no puede imponerse, su existencia previa es exigencia procesal, por lo que la parte convocada debe justificar su ausencia si no desea enfrentar consecuencias procesales.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en Molina de Segura comienza con una solicitud voluntaria interpuesta por alguna de las partes, o por mandato del tribunal competente. Una vez acordado, el mediador agenda una sesión informativa con las partes.
En la primera sesión informativa, el mediador explica la metodología a seguir, el proceso de mediación y validez jurídica del resultado. Además, el mediador informará a las partes de los distintos documentos que se firman (acta inicial y acta final), de los honorarios y los plazos.
Desde ese momento, el periodo aproximado hasta la resolución es de treinta días contados desde la aceptación.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador redacta tanto un documento inicial donde deja reflejada su nombre y número de registro, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un Acta final con los términos del acuerdo, las fechas de las sesiones mantenidas, una declaración solemne de la intervención de las partes de buena fe en el proceso y la firma de las personas implicadas.
El mediador deja constancia la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si se someten al procedimiento, y con ello se cumple el requisito previo de procedibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador recoge el acuerdo —completo o limitado— en un acta de acuerdos y facilita el texto a las partes implicadas. Dicho acuerdo tendrá valor de cosa juzgada para las partes.
Puede ser formalizado notarialmente (capacidad ejecutoria), y si hay procedimiento judicial abierto, es susceptible de homologación procesal.
¿Cuánto dura una mediación?
La duración de la mediación como MASC en Molina de Segura depende de la composición del objeto litigioso. En la mayoría de los casos, se concluye tras varias sesiones (habitualmente entre dos y cinco) de entre una y dos horas cada una. En numerosos supuestos se alcanza acuerdo antes de 30 días, lo que la convierte en una solución eficaz frente a la vía contenciosa, que pueden prolongarse durante años.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para atender la obligación legal de intento previo, el procedimiento deberá cerrarse en un máximo de tres meses.
¿Quién abona la mediación?
El precio del procedimiento de mediación suele repartirse entre las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procedimientos derivados de órganos judiciales o derivadas desde instituciones públicas, es posible acceder a tarifas bonificadas.
En caso de proceso jurisdiccional con reparto de gastos, es posible reclamar el coste del MASC.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador extiende el acta conclusiva, donde constan los datos identificativos de intervinientes y mediador, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y una declaración expresa del respeto al principio de buena fe y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador emitirá ACTA que acredite la actividad negociadora para que pueda satisfacerse el presupuesto procesal legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con la identidad y el domicilio de las partes, de los representantes jurídicos y el profesional mediador, el lugar y la fecha, los términos pactados entre los intervinientes, y que la mediación ha seguido lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2025.
El mediador transcribirá el consenso alcanzado, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos vinculan jurídicamente a ambas partes. En cualquier caso, el ACTA se firma por las partes y el mediador, y se remite el documento firmado a los intervinientes, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o debe homologarse, las partes remiten el acta a sus abogados para su formalización conforme a derecho.
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