¿Qué ventajas tiene la mediación MASC en La Guardia?
El procedimiento de mediación MASC en La Guardia proporciona respuestas ágiles, económicas y basadas en el consenso en lugar del proceso judicial. Favorece el diálogo entre las partes, disminuye los desembolsos derivados del proceso y permite alcanzar acuerdos personalizados que eluden procedimientos judiciales prolongados.
Tras la aprobación de la L.O.1/2025, los MASC reducen el impacto emocional y implican un ahorro considerable a las partes. Además, se trata de un proceso rápido y flexible con capacidad de evitar futuras controversias. La finalidad es alcanzar acuerdos de una forma cooperativa y pacífica.
¿Cómo se garantiza la imparcialidad del mediador en La Guardia?
El cuerpo de mediadores habilitados cuentan con inscripción en el Registro Oficial del Ministerio. Deben abstenerse si existe cualquier conflicto de interés. Intervienen con total neutralidad, preservando la ecuanimidad de la mediación y del pacto alcanzado.
La imparcialidad se garantiza mediante la intervención de un experto independiente, debidamente acreditado y sujeto a los principios de confidencialidad, equidad y transparencia.
¿Cuándo se debe recomendar mediación MASC a sus clientes?
Resulta aconsejable en asuntos donde las partes puedan disponer del derecho y las partes deseen una solución ágil, confidencial y colaborativa. Es de gran utilidad en reclamaciones privadas de naturaleza civil o comercial.
Además, en los procedimientos sujetos a la Ley Orgánica 1/2025, la mediación previene el archivo por falta de intento de acuerdo o retratos innecesarios en el proceso.
En asuntos no encuadrados en la obligación legal, es especialmente útil cuando existe voluntad de mantener una relación futura, o evitar la exposición pública del conflicto.
¿Qué pasa si una de las partes no acude a la mediación en La Guardia?
Si convocadas las partes, una no acude a la sesión sin justificación, se entenderá que se niega a participar en el procedimiento. Se entenderá acreditado el intento de acuerdo y el mediador documentará la actuación conforme a la Ley, especificando qué parte no ha acudido (dicha información podrá ser revelada legalmente).
Aunque no se puede forzar la voluntad de las partes, su certificación es necesaria para acceder al proceso, por lo que la incomparecencia debe estar debidamente justificada si no desea exponerse a una eventual condena en costas.
¿Cómo comienza el proceso de mediación MASC?
El proceso de negociación asistida MASC en La Guardia comienza con la petición formal de una de las partes o ambas, o por propuesta del juez en el proceso. Una vez acordado, el mediador contacta a las partes para fijar una sesión informativa.
En la primera reunión, el mediador desarrolla el modo en que se llevará a cabo la mediación, el proceso de mediación y consecuencias jurídicas de los acuerdos. Además, el mediador explicará los documentos requeridos en el procedimiento (acta inicial y acta final), las tarifas correspondientes y los plazos estimados.
Desde ese momento, el tiempo habitual de tramitación es de un mes natural.
¿Cómo acredita el mediador la actividad negociadora?
El mediador levanta tanto un Acta inicial donde hace constar su identificación profesional, la identidad y los datos de las partes, el objeto de la controversia y la fecha de la sesión, como un acta de conclusión con los pactos alcanzados, las fechas de las sesiones mantenidas, una manifestación formal de la buena fe procesal de las partes y la firma de todos los participantes.
El mediador expide documento sobre la asistencia de las partes tanto a la sesión inicial como si inician el proceso, y esa intervención acredita el requisito de admisibilidad.
¿Qué hace el mediador con los acuerdos?
El mediador documenta lo pactado —en su totalidad o parcialmente— en un instrumento escrito y remite una copia a cada interviniente. Dicho acuerdo equivale a un pronunciamiento firme para las partes.
Puede dotarse de valor ejecutivo mediante escritura pública (capacidad ejecutoria), y si se existe proceso judicial, puede interesarse su convalidación jurisdiccional.
¿Cuánto dura una mediación?
La longevidad de la mediación extrajudicial en La Guardia depende de la naturaleza del asunto. En la mayoría de los casos, se resuelve en 2 a 5 sesiones de entre una y dos horas cada una. El tiempo medio para cerrar el procedimiento es inferior al mes, lo que la convierte en una solución eficaz frente a los procedimientos judiciales, que suelen dilatarse de forma considerable.
Si el proceso de mediación es el MASC elegido para cubrir la obligación procesal inicial, no podrá exceder de 3 meses desde que el mediador recibe la solicitud.
¿Quién abona la mediación?
El importe de la actuación mediadora es asumido equitativamente por las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa. En algunos casos, como procesos remitidos por jueces o extrajudiciales por derivación institucional, se contempla la exención total o parcial del coste.
En caso de procedimiento judicial con costas procesales, el gasto del MASC puede imputarse.
¿Cómo termina un proceso de mediación MASC?
SI NO HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador redacta un ACTA FINAL, donde constan la identidad de las partes y mediadores, la fecha de inicio y fin, los encuentros efectuados, el objeto de la controversia y la constancia de la buena fe en la actuación y hará constar que no han llegado a acuerdo.
El mediador certificará el intento de avenencia para que pueda acreditarse la exigencia previa legal.
SI HAY ACUERDO TRAS EL PROCESO
El mediador levanta el acta de cierre, con los datos personales de las partes intervinientes, de los letrados actuantes y el mediador interviniente, el lugar y la fecha, las prestaciones mutuas acordadas, y que el proceso se ha ajustado a lo previsto en la L.O.1/2025.
El mediador redactará los acuerdos, siendo ajustado al contenido acordado entre las partes. Los acuerdos son obligatorios para las partes. En cualquier caso, el ACTA lleva la firma de todas las personas intervinientes, y se proporciona copia a cada parte, conservando otra el mediador.
Si el asunto ha sido judicialmente planteado o precisa aprobación jurisdiccional, las partes se lo entregan a sus letrados para que procedan a darle la forma que legalmente corresponda.
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